L a Sala IV declaró con lugar un recurso de amparo interpuesto por una estudiante de fe adventista, a quien la Universidad de Costa Rica (UCR) rechazó una solicitud para no efectuar evaluaciones los días sábado. Ella estimó lesionado su derecho a la libertad de culto.
La joven expuso que estudia Administración Aduanera en la sede sur de la UCR y que, desde el inicio de la carrera, les dijo a las autoridades y profesores que profesa la fe de la Iglesia Adventista del Séptimo Día, en donde participa activamente de sus creencias y prácticas de culto.
Entre esas prácticas, expuso, se encuentra la observancia del sábado como día de reposo, día en el que se abstiene de realizar actividades que no tengan relación con la solemnidad de la adoración.
Alegó que, pese a sus reiteradas solicitudes de cambio de un examen que se efectúa los días sábado, la UCR le denegó la solicitud mediante un oficio formal enviado el 16 de mayo.
Desde la perspectiva de los altos jueces, el centro educativo irrespeto el deber de cooperacion y no injerencia externa de los poderes publicos en las actividades de la creencia religiosa de la recurrente.
Luego de analizar el recurso, la Sala IV ordenó a la universidad coordinar de inmediato para que la amparada pueda efectuar los exámenes en un día que no fuera el sábado, con el fin de que pueda ejercer su libertad de culto.
Además, el Tribunal les ordenó proceder a reprogramar las evaluaciones de a las cuales la amparada hubiere debido ausentarse durante el 2023, por motivo de su credo religioso. La casa de enseñanza ademas fue condenada al pago de las costas, daños y perjuicios ocasionados con los hechos que sirvieron de base a esta declaratoria, los que se liquidaran en ejecucion de sentencia de los contencioso administativo.
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